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Mostrando entradas con la etiqueta Objeto y ámbito de aplicación del RDL 5/2015 de 30 octubre. Mostrar todas las entradas
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LEYES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

En desarrollo de este Estatuto (RDL 5/2015, 30 octubre), las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las leyes reguladoreas de la Función Pública de la Administración GEneral del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Art. 6, RDL 5/2015, 30 octubre

PERSONAL DE LA SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS

El personal funcionario de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos se regirá por su normativa específica y supletoriamente por lo dispuestos en este Estatuto (RDL 5/2015, 30 octubre).
Su personal laboral se regirá por la legislación laboral y demás normas convencionalmente aplicables.

Art. 5, RDL 5/2015, 30 octubre

CUERPOS DE POLICÍA LOCAL

Los Cuerpos de Policía Local se rigen también por este Estatuto (RDL 5/2015, 30 octubre) y por la legislación de las Comunidades Autónomas, excepto en lo establecido en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Art. 3.2, RDL 5/2015, 30 octubre

PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS ENTIDADES LOCALES

El personal funcionario de las Entidades Locales se rige por la legislación estatal que resulte de aplicación, de la que forma parte este Estatuto (RDL 5/2015, 30 octubre) y por la legislación de las Comunidades Autónomas, con respeto a la autonomía local.

Art. 3.1, RDL 5/2015, 30 octubre