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Efectos de la Declaración de la Prohibición de Contratar

 


Introducción

La contratación pública en España, regulada principalmente por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), establece un marco normativo que busca garantizar la transparencia, la igualdad de trato y la competencia efectiva. Dentro de este sistema, la figura de la prohibición de contratar juega un papel crucial como mecanismo para asegurar la integridad del proceso de contratación y prevenir actos ilícitos o comportamientos que puedan perjudicar los intereses públicos.

Fundamento Jurídico

La prohibición de contratar encuentra su fundamento en los artículos 71 a 73 de la LCSP, que enumeran las causas por las cuales una persona física o jurídica puede ser excluida de participar en procesos de contratación pública. Estas causas incluyen condenas por delitos relacionados con la corrupción, el fraude, el blanqueo de capitales o el trabajo infantil, entre otros.

Además, el Real Decreto 1098/2001, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, complementa esta regulación, detallando los procedimientos para declarar y registrar tales prohibiciones.

Efectos Jurídicos y Prácticos

La declaración de una prohibición de contratar tiene efectos significativos tanto en el ámbito jurídico como en el práctico:

  1. Inhabilitación para contratar: Una vez declarada, la persona o entidad queda inhabilitada para celebrar contratos con el sector público, lo que puede incluir desde contratos menores hasta concesiones de servicios públicos. Este efecto tiene un impacto directo en las actividades comerciales del infractor, limitando sus oportunidades económicas en un sector clave.

  2. Publicación y Registro: La prohibición debe ser inscrita en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, garantizando su publicidad y la imposibilidad de eludir esta sanción al participar en procesos licitatorios con diferentes administraciones.

  3. Repercusión reputacional: Más allá de los efectos legales, esta medida puede dañar gravemente la reputación de la entidad sancionada, afectando su credibilidad frente a socios y clientes.

Análisis Jurisprudencial

La jurisprudencia ha abordado en múltiples ocasiones la aplicación de esta figura. Por ejemplo, el Tribunal Supremo, en su sentencia núm. 84/2022, analizó la responsabilidad de una entidad contratante frente a una empresa sancionada. En este caso, el Alto Tribunal destacó la necesidad de una estricta aplicación de los principios de proporcionalidad y legalidad en la declaración de prohibiciones, subrayando que estas deben basarse en hechos claramente probados y motivaciones fundadas.

Por otro lado, la jurisprudencia europea también ha tenido impacto en la interpretación de esta figura. La STJUE de 20 de enero de 2011, en el caso Clece, enfatizó la importancia de asegurar que las restricciones a la contratación se utilicen de manera justa y no como un obstáculo desproporcionado a la competencia.

Impacto en la Contratación Pública

La prohibición de contratar es una herramienta esencial para garantizar que las empresas y las personas que interactúan con el sector público lo hagan de manera ética y conforme a la ley. No obstante, su implementación debe equilibrarse cuidadosamente para no generar exclusiones arbitrarias o injustas.

Por ejemplo, casos en los que la prohibición surge de interpretaciones ambiguas de normativas pueden ser impugnados, generando litigios que, a su vez, afectan la eficiencia de los procedimientos de contratación pública.

Conclusión

La declaración de la prohibición de contratar representa un mecanismo de control y sanción indispensable en el ámbito de la contratación pública, protegiendo los intereses del Estado y asegurando la integridad del sistema. Sin embargo, su correcta aplicación requiere un marco normativo claro, procedimientos garantistas y una jurisprudencia sólida que respalde su uso justo y proporcional.

Este equilibrio entre sanción y garantía jurídica es fundamental para que esta figura no solo cumpla con su objetivo disuasorio y preventivo, sino que también refuerce la confianza en el sistema de contratación pública como un pilar esencial de la gestión administrativa.

Plantillas adjuntas

Plantillas PCSP — Checklists y Modelos

Plantillas PCSP — Checklists y Modelos

Guías rápidas para licitadores y administraciones

Versión v1.0 · 25/09/2025 · Autor/Organización: tu nombre/organización
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1) Checklist Licitador — Búsqueda, Decisión y Presentación

A. Detección y filtrado de oportunidades

  • Definí CPV principal y secundarios.
  • Apliqué rango de presupuesto y estado del expediente.
  • Guardé la búsqueda y configuré alertas.
  • Revisé órgano de contratación y ámbito geográfico.

B. Lectura rápida del expediente (5–7 minutos)

  • Objeto y alcance encajan con mi oferta.
  • Criterios de adjudicación identificados (ponderaciones y fórmula).
  • Solvencia técnica y económica asumible (propia o con socios).
  • Calendario y visitas/muestras controlados.
  • Aclaraciones publicadas revisadas; dudas propias listas para enviar.

C. Go/No-Go

  • Riesgos identificados (plazos, recursos críticos, penalizaciones).
  • Ventaja competitiva clara (precio/valor/innovación/referencias).
  • Decisión GO documentada y comunicada al equipo.

D. Preparación de oferta

  • Índice técnico cerrado y asignación de redactores.
  • Evidencias de experiencia y medios adjuntas.
  • Modelo económico validado (fórmula y límites de temeridad, si aplica).
  • Anexos y formularios oficiales completados.
  • Firma y formato exigidos verificados (PDF firmado, etc.).

E. Revisión final y presentación

  • Control de versiones y nombres de archivo (convención clara).
  • Comprobación de metadatos exigidos en la carga.
  • Envío dentro de plazo confirmado y recibo/acuse guardado.

2) Checklist Administración — Publicación y Gestión del Expediente

A. Preparación

  • Expediente aprobado internamente (resolución de inicio/PCAP/PPT inicial).
  • Metadatos definidos (CPV, presupuesto, plazos, lotes, criterios).
  • Documentación lista: pliegos, anexos, borradores de anuncios.

B. Publicación

  • Alta correcta del anuncio de licitación con metadatos completos.
  • Archivos nombrados con convención clara (p. ej., PPT_v1.pdf).
  • Verificación de accesibilidad y firmas.

C. Aclaraciones y comunicaciones

  • Canal único en plataforma para preguntas y respuestas.
  • Publicación de rectificaciones (si procede) con nota de cambios.
  • Registro y publicación de visitas o actas.

D. Presentación y apertura

  • Custodia de ofertas y evidencias de integridad.
  • Actas de mesa publicadas en tiempo y forma.

E. Evaluación y requerimientos

  • Matriz de evaluación preparada (técnica/económica) y criterios operativos.
  • Requerimientos a licitadores emitidos desde la plataforma con plazos y documentos concretos.
  • Recepción y seguimiento centralizado de respuestas.

F. Adjudicación y formalización

  • Informe de valoración y propuesta de adjudicación.
  • Publicación de resolución y notificación.
  • Formalización y puesta a disposición del contrato.

G. Cierre y lecciones

  • Publicación de documentación final y archivo.
  • Lecciones aprendidas y mejoras para próximos expedientes.

3) Modelo de Requerimiento a Licitador

Órgano de contratación[Nombre completo]
Expediente[Código/Referencia]
Objeto[Objeto del contrato]
Lote(s)[Si aplica]
Fecha de emisión[dd/mm/aaaa]
Destinatario[Empresa licitadora y CIF]
Medio de notificación[Plataforma/Notificación electrónica]

1. Fundamento

De conformidad con [norma/PCAP] y en el marco del expediente indicado, se requiere a la empresa licitadora para que aporte la documentación que se detalla.

2. Documentación requerida

  1. [Documento 1: p. ej., solvencia técnica — relación de servicios]
  2. [Documento 2: p. ej., medios personales — CV firmados]
  3. [Documento 3: p. ej., acreditación económica]
  4. [Otros, especificar]
Formato exigido: [PDF firmado / XLS / Otros]
Convención de nombres: Empresa_Exp123_Doc1.pdf

3. Plazo y forma de presentación

  • Plazo máximo: [dd/mm/aaaa a las hh:mm] (hora peninsular).
  • Medio: Carga de documentos a través de la plataforma, en el apartado [Requerimientos/Subsanaciones] del expediente.

4. Advertencias

El incumplimiento de este requerimiento en plazo y forma podrá dar lugar a [consecuencia prevista / exclusión / etc.].

Firmado electrónicamente,
[Nombre y cargo]
[Órgano de contratación]


4) Plantilla de Cronograma del Expediente

Duplica esta tabla y ajusta las fechas reales para seguimiento.
FaseHitoResponsableFecha previstaFecha realObservaciones
PreparaciónAprobación de pliegos[Unidad][dd/mm][dd/mm][Notas]
PublicaciónAnuncio de licitación[Unidad][dd/mm][dd/mm][Notas]
ConsultasFin de aclaraciones[Unidad][dd/mm][dd/mm][Notas]
PresentaciónLímite ofertas[Unidad][dd/mm][dd/mm][Notas]
AperturaSobre técnico[Mesa][dd/mm][dd/mm][Notas]
EvaluaciónInforme técnico[Comité][dd/mm][dd/mm][Notas]
EvaluaciónInforme económico[Mesa][dd/mm][dd/mm][Notas]
AdjudicaciónResolución[Órgano][dd/mm][dd/mm][Notas]
FormalizaciónFirma del contrato[Órgano/Adjudicatario][dd/mm][dd/mm][Notas]
CierrePublicación final[Secretaría][dd/mm][dd/mm][Notas]

5) Matriz de Criterios y Evidencias

Úsala en dos modos: (a) como licitador para planificar evidencias; (b) como administración para trazar la valoración.

Criterio Tipo (automático/técnico) Ponderación (%) Evidencia requerida Fuente/Archivo Observaciones
Metodología de trabajo Técnico 25 Memoria técnica con hitos y KPIs Memoria_v1.pdf [Notas]
Equipo propuesto Técnico 20 CV firmados / dedicación CV_Equipo.pdf [Notas]
Mejoras propuestas Técnico 15 Anexo de mejoras Anexo_Mejoras.pdf [Notas]
Precio Automático 40 Oferta económica Oferta_Econ.xlsx [Notas]

6) Convenciones de nombres de archivos (sugerencia rápida)

  • Empresa_ExpedienteXX_Memoria_v1.pdf
  • Empresa_ExpedienteXX_OfertaEcon.xlsx
  • Empresa_ExpedienteXX_AnexoMejoras.pdf
  • Organo_ExpedienteXX_ActaMesa_2025-09-25.pdf

7) Registro de Aclaraciones (mini‑log)

Fecha Pregunta Respuesta publicada Impacto en oferta/pliegos
1[dd/mm][Resumen][URL/Doc][Cambios]
2[dd/mm][Resumen][URL/Doc][Cambios]